Procedimiento de voto para residentes temporales en el extranjero
Martes 1ro de enero de 2008
Procedimiento:
• Debes comunicar por escrito a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que deseas ejercer el derecho al voto desde la convocatoria de las elecciones hasta 25 días antes de las elecciones (confirmaremos las fechas cuando se convoquen las elecciones).
La instancia correspondientes está a tu disposición en las oficinas consulares o descargándotelas desde la Web del MAEC.
Debes entregar la solicitud de voto personalmente en la Oficina Consular.
• Se enviará a los electores que así lo hayan solicitado la oportuna documentación (Certificado de Inscripción en el CERA, una papeleta de votación en blanco, copia de las páginas del Boletín Oficial de la Provincia en las que figuren las candidaturas, el sobre de votación y un sobre mayor dirigido a la Mesa Electoral correspondiente).
• Introduce en el sobre mayor dirigido a la Mesa Electoral:
El Certificado de Inscripción en el censo (Suelto, no dentro del otro sobre de votación, lo que invalidaría tu voto)
El sobre de votación con la papeleta correspondiente, sin tachaduras ni anotaciones que lo invaliden.
• Envía el sobre a la Mesa Electoral por correo cerificado no más tarde de 4 días antes de las elecciones
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